lunes, 27 de septiembre de 2010

Roedores. Protección del cableado aeroportuario contra la acción de roedores.

Los aeropuertos necesitan de cables que transporten y distribuyan energía para diferentes fines, tales como: sistemas de iluminación de pista y otras luces aeronáuticas, además de sistemas de navegación, comunicación, vigilancia del tráfico aéreo, etc.

Una de las formas en que la fauna afecta el normal desarrollo de los servicios prestados por la administración de aviación es accionando sobre la red de cables.

Detalle de daño ocasionado por roedores.

Los roedores son  a menudo una de las principales causas de la degradación del cableado subterráneo del aeropuerto.


Muchas veces nos esforzamos en liberar el área de movimiento del aeropuerto de aves rapaces y no compensamos esta intromisión en la cadena trófica con acciones que limiten la población de  roedores o la acción de estos.

El cableado aeroportuario debe estar provisto de protección contra la acción de roedores.


Los principales fabricantes de cables disponen de diferentes opciones en lo que respecta a sistemas de protección del cableado de la acción de roedores.

Para los cables subterráneos que alimentan sistemas sensibles para la seguridad operacional de la aviación se aconseja un cable que posea un recubrimiento con trenza de hilos de acero.

Los cables subterráneos están expuestos a la acción de roedores.

Sin embargo, debe evaluarse correctamente el riesgo, ya que se debe considerar por ejemplo, que en el caso de cables de fibra óptica,  el trenzado con hilos de acero altera la característica de enlace dieléctrico buscada en este tipo de enlaces.

Por lo tanto, una opción para el enlace por fibra óptica,  sería un cable con hilaturas de fibra de vidrio o trenza de fibra de vidrio que sirve de armadura dieléctrica y ofrece un efecto disuasorio para los roedores.... aunque menos efectivo que el acero.

Finalmente, el control de roedores mediante trampeo, sebos tóxicos, etc, son acciones que no deben estar ausentes en los programas de limitación de fauna en los aeropuertos.

sábado, 18 de septiembre de 2010

jueves, 16 de septiembre de 2010

Peligro aviario y fauna. SIGESOA.


La República Argentina adhiere al Convenio Internacional de Aviación Civil ( Chicago 1944) mediante Decreto Ley (de facto) 15110/46, luego ratificado por Ley 13891 del Congreso Nacional, y entre otras, aplica las normas y métodos recomendados (SARPS)* del Anexo 14 Capítulo 9 punto 9.4 “Reducción del peligro debido a las aves” donde se establece:" El peligro de choques con aves en un aeródromo o en sus cercanías se evaluará mediante:

a) el establecimiento de un procedimiento nacional para registrar y notificar los choques de aves con aeronaves, y

b) la recopilación de información proveniente de los explotadores de aeronaves, del personal de los aeropuertos, etc., sobre la presencia de aves en el aeródromo o en las cercanías que constituye un peligro potencial para las operaciones aeronáuticas.

9.4.2. Se recopilarán informes sobre choques con aves y se enviaran a la OACI para su inclusión en la base de datos del Sistema de Notificación de la OACI de los choques con aves (IBIS).

9.4.3. Cuando se identifique un peligro de choque con aves en un aeródromo, la Autoridad Competente tomará medidas para disminuir el número de aves que constituyen un posible peligro para las operaciones de las aeronaves, utilizando medios para ahuyentarlas de los aeródromos o de sus proximidades.

9.4.4. La autoridad competente tomará medidas para eliminar o impedir que se instalen en los aeródromos o en sus cercanías, vertederos de basura, o cualquier otra fuente que atraiga aves, a menos que un estudio aeronáutico apropiado, indique que es improbable que den lugar a un problema de peligro aviario."

También se siguen los lineamientos del Manual de Servicios de Aeropuertos, Parte 3, “Reducción del Peligro que Representan las Aves”, OACI, DOC Nº 9137-AN/898.

En el año 1994, por Resolución 561 de Jefe de Estado Mayor de la Fuerza Aérea Argentina, que mediante el Comando de Regiones Aéreas era por entonces la Autoridad Aeronáutica Competente de la República Argentina, se crea el Comité de Prevención de Peligro Aviario, siendo este el primero de Sudamérica.

Con la creación del Sistema Nacional de Aeropuertos (SNA), integrado por las principales estaciones aéreas del país que son concesionadas para su explotación a capitales privados, comienza a incrementarse la inversión en infraestructura y servicios aeroportuarios.

El Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA), establece en su Resolución N° 85 del año 2002, la responsabilidad de la ejecución de las tareas de prevención del peligro aviario, de la confección de un Plan de Prevención del Peligro Aviario que contenga las tareas a realizar y los medios a emplear con medidas pasivas y activas recomendadas por la OACI, la Autoridad Aeronáutica Competente del Estado y el ORSNA.

En los aeropuertos concesionados, la responsabilidad de la ejecución de las tareas de prevención del peligro aviario es del Administrador del Aeropuerto, en coordinación con el Jefe de Aeropuerto quién, como autoridad aeronáutica, fiscalizará el cumplimiento del Plan de Prevención del Peligro Aviario.

En el año 2006, la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, dicta la Resolución N° 108 de fecha 24 de agosto de 2006, estableciendo que se deberá presentar ante la Dirección de Fauna Silvestre una evaluación biológica previa, realizada por algún organismo oficial, tanto provincial como nacional, previo a desarrollar acciones tendientes a la prevención del riesgo aviario, tales como capturas, traslocaciones, dispersión auditiva y muerte de ejemplares de la fauna silvestre que temporal o permanentemente habiten o se desplacen dentro de las áreas de aeropuertos de jurisdicción federal, así como en las áreas de influencia del mismo.

A los fines de la aplicación de las metodologías de control de fauna, las mismas deberán estar sujetas a lo establecido en la Resolución N° 108/06 de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable y de aquellas que la modifiquen (resolución aún vigente).Ver Resolución 108/06

En 2007, la Directiva 01/07 “Control del Peligro Aviario y Fauna” (hoy reemplazada por Resolución 923/2012 de ANAC por la Reglamentación "Control de Peligro Aviario y Fauna),  derogaba a la anterior Directiva 04/02 “ Control del Peligro Aviario”, y  establecía que el Administrador del Aeropuerto debía elaborar un programa de prevención del peligro aviario y fauna, con las medidas pasivas y activas sobre la base de un estudio aeronáutico y de la evaluación biológica de la población aviaria y fauna realizada bajo su responsabilidad, el asesoramiento del Comité Aeroportuario y de los especialistas que presentaría para su aprobación a las autoridades competentes.

La Directiva 01/07 comprendía a: la Comisión de Prevención de Accidentes de Aviación Civil (hoy Dirección de Infraestructura y Servicios Aeroportuarios), las Jefaturas de Regiones Aéreas (hoy Direcciones Regionales), las Jefaturas de Aeródromos, el Comité Nacional de Prevención del Peligro Aviario y Fauna, los Comités Aeroportuarios de Peligro Aviario y Fauna, los Administradores de Aeropuertos y Aeródromos concesionados, los propietarios de aeródromos, los explotadores aéreos y pilotos.

Surgía de los criterios establecidos por la Directiva 01/07 la necesidad de conformar y poner en funciones el “Comité Aeroportuario de Peligro Aviario y Fauna”, para actuar en calidad de órgano de coordinación y asesoramiento del programa de limitación de la fauna del aeródromo.

Finalmente, la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) mediante Resolución 923/2012 deroga la Disposición N° 37/07 y la Directiva N° 01/07 del ex – Comando de Regiones Aéreas y pone en vigencia la Reglamentación "Control de Peligro Aviario y Fauna" que rige actualmente.Ver Reglamentación "Control de Peligro Aviario y Fauna",  publicada en el Boletín Oficial del 21 de enero de 2013.

Para informar eventos acerca de peligro aviario y/o fauna deberá utilizar el Formulario de Notificación de Eventos y Deficiencias de Seguridad Operacional del Programa Nacional de Seguridad Operacional (PNSO) Formulario PNSO , recordando que para informar eventos acerca de peligro aviar, en el formulario PNSO deberá incluir la siguiente información para su análisis:

- Fecha y hora
- Fase del vuelo
- Cantidad de aves
- Tamaño o especie de ave
- Condición meteorológica

En el caso de choque, además agregar:

- Qué daños sufrió la aeronave
- Si se advirtió el  peligro al piloto

El formulario es el único vigente, y reemplaza a los anteriores "Informe de Avistaje de Aves" y  "Notificación de Choque con Aves".

Debe ser enviado directamente al Programa Nacional de Seguridad Operacional, al mail pnso@anac.gov.ar, o por medio de fax al 0054-11-5941-3146, o correo postal a:

Departamento Vigilancia de la Seguridad Operacional

Unidad de Planificación y Control de Gestión

Administración Nacional de Aviación Civil

Av. Paseo Colón 1452 – CABA (C1063ADO) – Argentina


                                          El Comité Aeroportuario de Peligro Aviario y Fauna.

Este Comité funciona como un órgano de coordinación y asesoramiento del programa de limitación del Peligro Aviario y Fauna, siendo integrado por los distintos actores de la actividad aeroportuaria u otras actividades capaces de generar polos de atracción de aves u otros animales silvestres o asilvestrados que afecten las operaciones aeroportuarias, y que puedan con su aporte contribuir al mejoramiento o incremento de la seguridad operacional.

La tarea de este Comité es asesorar al Administrador de Aeropuerto en la elaboración del Plan de Prevención del Peligro Aviario y Fauna, analizando el mismo, en reunión de sus miembros, bajo la supervisión del Jefe de Aeródromo.

En el orden internacional, la República Argentina participa del Comité Regional CARSAMPAF (Comité para la Región Caribe Sudamérica de Peligro Aviario y Fauna) cuya tarea es “el análisis, desarrollo e investigación de problemas de choques de aves contra aeronaves y la asistencia a los pilotos, operadores de aeronaves y proveedores de instalaciones y servicios aeronáuticos en las actividades de prevención y disminución del peligro aviario”

Argentina por su posición geográfica, está fuera de las rutas de tráfico aéreo de mayor densidad, sin embargo, el tráfico aéreo muestra un crecimiento sostenido, por lo que es esperable que los conflictos entre aves y aviones aumenten en el futuro.

Si consideramos otras variables como el incremento del número de aeronaves de fuselaje ancho que integrarán las flotas aéreas en el futuro próximo, y una nueva generación de motores cada vez mas silenciosos, la probabilidad de ocurrencia de un choque con aves se incrementa.

Conocemos las severidad de las consecuencias que pueden ocasionar los choques con aves, si además la probabilidad de ocurrencia aumenta o se prevee su aumento futuro, podemos explicarnos por qué el Consejo de la OACI, en la 10ª sesión de su 168º período de sesiones, celebrada el 7 de marzo de 2003, adoptó la Enmienda 5 de las Normas y Métodos recomendados, Aeródromos-Diseño y operaciones de aeródromos,(Anexo 14, Volumen I al Convenio sobre Aviación Civil Internacional) y en virtud de lo mismo, elevó a la categoría de norma el peligro de choques con aves en un aeródromo o en sus cercanías, y el 2 de marzo de 2005 el Consejo de la OACI adoptó la enmienda N° 7. donde se establece como norma la recopilación de informes sobre choques con aves y su envío a la OACI, lo cual entró en vigencia a partir del 24 de noviembre de 2005.

Tanto el Anexo 14, Volumen I de la OACI como el DOC 9774 de la OACI establecen que la implementación de un Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional (SIGESOA) es un elemento esencial para la certificación de los operadores de aeródromo.

En ese marco es indispensable establecer un Sistema de Gestión de Fauna para la Seguridad Operacional (SMS-FAUNA)

Responsabilidad de los operadores de aeródromos y la Autoridad Aeronáutica Competente designada por el Estado.

Además de los operadores de aeródromos, el Estado tiene responsabilidades indelegables respecto a la implementación de las normas y métodos recomendados (SARPS) de la OACI.

“…1.2.1 La implementación de las provisiones tiene implicaciones tanto para los Operadores de Aeródromos como para las Agencias Reguladoras de cada Estado.

Se quedará muy claro que la gestión de la seguridad operacional en el día-a-día puede ser solamente llevada a cabo por los operadores de aeródromos. Ha aumentado la operación de los aeródromos por corporaciones independientes o empresas privadas, las cuales no están bajo el control directo de los Estados.

Mientras tanto, es el Estado, signatario del Convenio de Chicago, el responsable de la implementación de los SARPS* de la OACI en el espacio aéreo y en los aeródromos bajo su responsabilidad…” **

* SARPS (Normas y métodos recomendados):

Los Anexos al Convenio utilizan en su redacción dos tipos de enunciados:

-normas

-métodos recomendados

Norma: toda especificación de características físicas, configuración, material, perfomance, personal o procedimiento, cuya aplicación uniforme se considera necesaria para la seguridad o regularidad de la navegación aérea internacional y a la que de acuerdo con el Convenio, se ajustaran los estados contratantes. En el caso de que sea imposible su cumplimiento, el Artículo 38 del Convenio estipula que es obligatorio hacer la correspondiente notificación al Consejo.

Método recomendado: toda especificación de características físicas, configuración, material, perfomance, personal o procedimiento, cuya aplicación uniforme se considera conveniente por razones de seguridad, regularidad o eficiencia, de la navegación aérea internacional, y a la cual, de acuerdo con el Convenio, tratarán de ajustarse los estados contratantes.

Es muy importante para la comprensión de los Anexos al Convenio diferenciar claramente entre estos dos tipos de enunciados.

**United Kingdom Civil Aviation Authority, Safety Regulation Group, “Airside Safety Management”, CAP 642, May, 2003, 52 .

miércoles, 15 de septiembre de 2010

SMS-FAUNA










Vanellus chilensis




El Vanellus chilensis nidifica en áreas de pastos cortos, con nidadas de +-4 huevos y un tiempo de incubación de unos 26/30 días.

El principal método de dispersión aplicado es el sonoro, utilizando cañon de gas butano, bocina amplificada o multidisparos pirotécnicos mediante un dispositivo que inicia la descarga pirotécnica múltiple eléctricamente, montados sobre el móvil de control de peligro aviario y fauna para evitar el acostumbramiento de las aves a un foco emisor de sonido de ubicación fija.

De todas maneras, y eso dependiendo de las leyes ambientales vigentes en cada país, la colecta de animales (caza) es una opción cuando la cantidad de ejemplares presentes cercanos al área de maniobras se acerca al umbral de riesgo tolerable para la seguridad operacional de la aviación.

Se puede utilizar un rifle de gas (CO2) y así evitar las regulaciones en muchos países impuestas para la utilización de armas de fuego en aeropuertos.

La remoción de nidos es también una buena opción, y también resecar las fuentes de agua o instalar mecanismos que impidan el acceso a estas (mallas, hilos de alambre que eviten que las aves se posen, etc).

En el caso del Vanellus chilensis es peligrosa su "sociabilidad", ya que se acostumbra y adapta a la presencia humana y convive perfectamente con el movimiento aeroportuario.

Su dieta se compone de hormigas e isópodos en una proporción importante y también coleópteros, por lo que su control químico puede ayudar a hacer menos atractivo el sitio al ofrecer menor disponibilidad de alimento.

El corte de la cobertura vegetal a una altura de uno 15/20 cms ayuda a dificultar la detección de los invertebrados que le sirven de alimento, pero debe valorarse su efecto sobre otras especies de ave presentes en el área.

Si hay en su aeropuerto o cercanías sembrados, es importante que su implantación se haga mediante la técnica de siembra directa (muy extendida en Argentina y Brasil) evitando así la exposición de insectos generada por la roturación de la tierra.

De ser la roturación inevitable es deseable que se realice en horas nocturnas y así permitir el reingreso de los insectos antes del amanecer.

domingo, 12 de septiembre de 2010

FOTOS DE PELIGRO AVIARIO Y FAUNA

AIRPREVAC: CONTROL DE AVES EN INFRAESTRUCTURAS AEROPORTUARIAS/ARGENTINA

ECLOSIÓN DE INSECTOS. HYMENOPTERA FORMICIDAE.


Tal como sucede todos los años, después de la primeras lluvias significativas , luego de un prolongado período de sequía, los días 9 y 10 de septiembre de 2010 se produjo una eclosión de insectos hymenoptera formicidae que complicaron las operaciones aéreas del aeropuerto Santa Rosa y obligaron a reforzar las tareas de dispersión de aves para garantizar la seguridad operacional de la aviación.


Las primeras lluvias llegaron al anochecer del día 02 de septiembre y se extendieron hasta las 19:30 /22:30 UTC del día 03 de septiembre, totalizando 51,7 mm. Posteriormente, en la madrugada del día 10 de septiembre precipitaron otros 10,06 mm.
Si bien el inicio de la eclosión de insectos se puede fechar el día 9 de septiembre cuando se pudo observar y documentar fotográficamente la presencia de gran cantidad de ellos, alcanzó su pico el viernes 10 de septiembre por la mañana despúes de finalizada la lluvia, con cielo poco nuboso (2/8 de cúmulos), valores altos de humedad , importante radiación solar y temperaturas que alcanzaron a las 11 de la mañana los 16,4°C, y una temperatura máxima del día de 20,03°C.Esta situación generó un significativo aumento de la población aviaria del aeropuerto, sobre todo de la especie Milvago Chimango sobre la pista y las franjas de seguridad de pista obligando a reforzar las intervenciones del móvil de control aviario para evitar que interfieran con las operaciones aéreas, sobre todo durante la aproximación final, el recorrido de aterrizaje, de despegue y ascenso inicial.

Vuelo nupcial.
Un antecedente significativo de esta situación acaeció entre los días 23 y 28 de julio del año 2004. En esa oportunidad una eclosión de hymenoptera formicidae atrajo bandadas de gaviotas al área de movimiento del aeropuerto y obligó a suspender las operaciones de aeronaves turboreactoras, con el consiguiente impacto sobre la economía en general y el turismo en particular que produce la suspensión de los vuelos comerciales.
En esa oportunidad la presencia de gaviotas se vió favorecida por dos factores ambientales externos al aeropuerto: una mayor penetración continental de la especie que según los especialistas se produjo ese año y probablemente la existencia de una importante bandada de gaviotas “locales” que habitaban en el relleno sanitario municipal, que se hallaba totalmente colapsado, funcionando como un basural a cielo abierto y a escasos 3,8 Km al Oeste del aeropuerto.
Finalmente la situación desfavorable pudo revertirse luego de fumigar el predio del aeropuerto para terminar con los insectos utilizando un insecticida a base de cipermetrina en una concentración del 20% esparcido con un equipo fumigador UBV (Ultra Bajo Volumen) capaz de formar gotas de entre 10 y 20 micrones.

Fotografía obtenida en plataforma día 09-09-2010


¿Cómo sucede este fenómeno? Las hormigas o formícidos (formicidae) son insectos que pertenecen al orden de los himenópteros (hymenoptera) y forman colonias. Durante el período de reproducción las hormigas fértiles aladas de todas las colonias salen a volar. Este proceso recibe el nombre de vuelo nupcial y los machos mueren poco después del apareamiento. Las hembras que se han apareado buscan un lugar para empezar una nueva colonia, se arrancan las alas y comienzan la postura de huevos que serán fertilizados con el esperma recibido de los machos durante el vuelo nupcial. La mayoría de las especies de hormigas producen una nueva generación cada año.
Es durante este proceso del vuelo nupcial que las aves son atraídas por la disponibilidad de insectos que les sirven de alimento.




lunes, 6 de septiembre de 2010

EVALUACIÓN DEL PROGRAMA DE LIMITACIÓN DE FAUNA.

GESTIÓN DEL PELIGRO AVIARIO.

GAVIOTAS

MILVAGO CHIMANGO

POLYBORUS PLANCUS, CARANCHO O CARACARA CRESTED

LA FAUNA Y LA SEGURIDAD OPERACIONAL DE LA AVIACIÓN.


Las aves y otros animales en los aeropuertos constituyen un riesgo importante para la seguridad operacional de la aviación.

A los efectos de las colisiones con aeronaves, se define fauna a cualquier animal terrestre, fundamentalmente mamíferos o aves silvestres, o domésticos que se encuentren fuera del control de sus propietarios.

Se estima que las colisiones de aeronaves con fauna cuestan anualmente a la aviación civil en los EEUU cerca de 300 millones de dólares anuales tanto por daños directos y costos asociados y unas 500 mil horas de tiempo fuera de servicio para las aeronaves.

El primer choque entre un ave y una aeronave que provoco un accidente ocurrió en 1912 (consideremos que el primer vuelo con motor fue en 1903).

Su piloto, C. Rogers, quien fuera el primero en cruzar EEUU volando de costa a costa, murió en el accidente y el avión resultó destruído.

La mayoría de las aves se acostumbraron al ruido y la velocidad del creciente número de aviones con motor a explosión y aprendieron a salir oportunamente para evitar el choque.

Los pájaros se adaptaron a la presencia del avión y compartieron aeropuertos y espacio aéreo con poco riesgo para unos y otros.

La aparición de los motores a reacción, el aumento de la velocidad y aceleración de los aviones, el incremento del ancho de los fuselajes y la enorme succión que se produce en la toma de aire de las turbinas añadieron nuevos peligros que las aves no podían presentir ni anticipar.


En este punto de la evolución de las aeronaves, las aves dejaron de ser una molestia de poca monta y pasaron a constituir un peligro que afectaba la seguridad operacional de las aeronaves, dado que las aves, simplemente, eran incapaces de aprender a evitar a los turborreactores.

Con el sostenido aumento del trafico aéreo los choques con aves se hicieron mas frecuentes y los daños mas graves.

El aumento de los gastos ocasionados por los daños y las pérdidas de vidas impulsaron a autoridades y explotadores a reexaminar el problema, tratando de reducir este riesgo a niveles aceptables.

Los choques de aves con aeronaves comerciales no son poco frecuentes, por ejemplo durante el año 2000, de acuerdo a estadísticas de OACI, hubo 8.458 notificaciones de choques con aves según los reportes recibidos de 30 países a través del sistema de información de choques con aves (IBIS/ICAO Bird Strike Informatic System)

La mayoría de los incidentes con fauna ocurren dentro de los aeropuertos y sus inmediaciones.

Según la Administración Federal de Aviación de EEUU (FAA), el 78% de los impactos con aves ocurren por debajo de los 1.000 pies (ft) / 328 metros sobre el nivel del terreno, de esos el 35% ocurre durante los despegues y ascensos y el 49% durante las aproximaciones y aterrizajes, por lo tanto el manejo adecuado de los aeropuertos y sus alrededores son la clave para comenzar a gestionar el riesgo aviario.

Sin embargo, la probabilidad de ocurrencia y la severidad de las consecuencias de un choque con aves, no depende solo de la presencia de aves en el aeropuerto y sus inmediaciones, sino también del tipo (reactores, motores modernos y silenciosos) y volumen del tráfico aéreo (cantidad de movimientos aéreos) y los hábitats presentes en el área que puedan estar ofreciendo cobijo y alimento para la fauna local.

A velocidades elevadas, especialmente en el caso de aviones a reacción, el choque con aves puede ser tan fuerte como para dañar significativamente parte de su estructura, existiendo reportes que dan cuenta inclusive, de lesiones severas a sus tripulantes.

Es especialmente crítico el choque con aves en los propulsores de aviones a reacción (ingestión).

Los álabes de las turbinas están sujetos a elevadísimas cargas térmicas y mecánicas, y un pájaro que choca allí puede dañarla de modo importante, produciendo inmediatamente vibraciones de resonancia de tal manera que el piloto se ve obligado a detener el propulsor sin demora.

El álabe destruído puede causar grandes daños en el interior del propulsor e inclusive su incendio.

En enero de 2009, una aeronave comercial colisionó en EEUU con una bandada de pájaros, perdiendo el empuje de sus dos motores, debiendo acuatizar de emergencia en el río Hudson.

La norma IRAM 3801 define peligro como “Fuente o situación con potencial para producir daño en término de lesiones… daños al equipo o al medio ambiente” (Aquí nos interesa el peligro que representan las aves y otros animales para la seguridad operacional de la aviación).

La seguridad operacional debe abordarse proactivamente, adelantándose a identificar los peligros y asegurar que se apliquen medidas correctivas necesarias para mitigar los riesgos.

Ningún sistema puede garantizar que es absolutamente seguro, es decir libre de riesgos.

Podemos definir seguridad operacional en la aviación como “el estado en que el riesgo de lesiones a las personas o daños a los bienes se reduce y se mantiene en un nivel aceptable, o por debajo del mismo, por medio de un proceso continuo de identificación de peligros y gestión de riesgos”.

Es por ello, que para el tema que hoy nos ocupa (peligro aviario y fauna) se establecen en los aeropuertos programas de limitación de fauna, siguiendo las normas y métodos recomendados que al respecto a formulado la OACI en el Anexo 14 al Convenio de Aviación Civil Internacional y Documento 9137-AN 898, OACI Parte 3 Reducción del Peligro que representan las Aves, y existen sistemas de reporte como el Informe de Avistaje de Aves y la Notificación de Choque con Aves, que sirven como herramienta para monitorear la eficiencia o debilidades de los programas establecidos.